Secretariado de MovilidadFecha publicación: 17 julio 2012
PROGRAMA DE MOVILIDAD DEL PERSONAL DOCENTE ERASMUS 2012/13 (STAFF MOBILITY FOR TEACHING ASSIGNMENT - STA)
Convocatoria
Con el fin de incentivar la participación del profesorado de la UA en las actividades de movilidad para el próximo curso académico 2012/13, el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales convoca 85 ayudas de movilidad docente siguiendo las directrices establecidas por la Comisión Europea para el Programa de Aprendizaje Permanente Erasmus.
La presente convocatoria tiene por objeto la asignación de plazas y concesión de ayudas económicas al profesorado de la Universidad de Alicante para impartir docencia en universidades e instituciones de educación superior, adscritas al programa Erasmus, durante el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2012 y el 15 de julio de 2013. Las movilidades realizadas sólo se considerarán válidas cuando el periodo sea lectivo en la universidad de destino.
1.1. Objetivos generales del programa:
El programa de Movilidad del Personal Docente Erasmus (Staff Mobility for Teaching Assignment) –en adelante, programa STA- ofrece al profesorado universitario de la Universidad de Alicante la posibilidad de llevar a cabo estancias docentes en universidades e instituciones de educación superior adscritas al programa. También permite, en una relación de intercambio recíproco, la recepción en la UA del profesorado de la institución anfitriona para impartir docencia en la UA.
El objetivo general del programa STA es contribuir, a través de un mejor conocimiento mutuo entre las comunidades universitarias y la progresiva armonización de sus planes de estudios y métodos docentes, a una mayor interrelación entre las universidades e instituciones de educación europeas y a la creación del Espacio Europeo de Educación Superior. Los objetivos generales del programa son:
Para el cumplimiento de los objetivos previstos en el programa Erasmus, el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales ha tomado la decisión estratégica de unificar en una convocatoria pública y centralizada toda la oferta de plazas de movilidad con fines docentes en el marco del programa Erasmus. Con esto se persigue lograr una mayor difusión y visibilidad de la movilidad docente entre la comunidad universitaria así como fomentar la participación del mayor número posible de docentes de nuestra universidad en esta actividad. En caso de que no se agoten las 85 ayudas, se abrirá un nuevo plazo de solicitud.
1.2. Objetivos específicos del programa:
El objetivo específico consiste en impartir docencia durante un periodo de una semana (equivalente a 5 días lectivos completos). La docencia impartida durante la estancia deberá formar parte integrante del programa de estudios conducente a un título oficial de grado o postgrado en la institución de acogida y deberá reflejarse en un Programa de Enseñanza (Teaching Assignment) acordado previamente entre ambas instituciones.
Los miembros del personal docente que participen en movilidad de personal deberán poseer la nacionalidad de un país participante en el Programa de Aprendizaje Permanente (Lifelong Learning Programme) o de terceros países, en cuyo caso deberán acreditar que están en posesión de un permiso válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad.
El personal docente debe formar parte de la nómina de la Universidad de Alicante.
3.1 Las ayudas se destinarán a la impartición de docencia en una universidad o institución de educación superior adscrita al programa Erasmus, que tenga un acuerdo de intercambio de profesorado con la Universidad de Alicante para el departamento al que pertenezca la persona solicitante.
Según las indicaciones del Organismo Autónomo de Programas Educativos Europeos (OAPEE), será obligatorio impartir al menos 5 horas de clase (es decir, como mínimo un día). No obstante, se recomienda una duración mínima de 5 días lectivos para que la movilidad suponga una aportación significativa al programa docente y a la vida académica internacional de la institución de acogida. Los períodos más cortos deberán ser la excepción. No se consideran lectivos sábado y domingo y no se incluirán en este cómputo los días de viaje de ida y vuelta. Se contempla la excepción de que si por los horarios de los viajes fuera posible impartir al menos una hora de docencia en esos días o si en la universidad de destino el sábado es lectivo y se ha impartido clase, se computaría como lectivo siempre que se certificara expresamente esta circunstancia por la universidad de acogida tanto en el Programa de Enseñanza (Teaching Assignment) como en la Confirmación de Estancia Docente (Certificate of Attendance).
3.2 Las materias impartidas en la institución de acogida deberán formar parte del programa de estudios de grado o postgrado oficial en la institución de enseñanza superior de acogida.
3.3 Las estancias deberán efectuarse en instituciones educativas de educación superior con las que se hayan establecido acuerdos bilaterales y en las áreas incluidas en dichos acuerdos (véase la lista de instituciones socias), realizándose la movilidad en el marco de la Carta Universitaria Erasmus (Erasmus University Charter - EUC) otorgada por la Comisión Europea.
3.4 Se financiarán exclusivamente actividades en instituciones que tengan lugar desde el 1 de septiembre de 2012 hasta el 15 de julio de 2013. La realización de la estancia en fecha anterior o posterior generará la pérdida automática de la ayuda concedida.
3.5 No se podrán utilizar estas ayudas para cubrir partidas de gastos ya financiadas con otros fondos o para realizar actividades docentes o investigadoras vinculadas a otros programas por los que se perciba cualquier otra beca, ayuda, sueldo o salario de la Universidad de Alicante.
Las personas que puedan ser objeto de una ayuda para impartir docencia se seleccionarán sobre la base de un Programa de Enseñanza breve que habrá sido consultado previamente con la institución de acogida.
1. Se dará prioridad a las solicitudes de aquellas personas que participen por primera vez en el marco de estas acciones de movilidad.
2. Las solicitudes serán baremadas siguiendo los siguientes criterios:
A. Apoyo a la movilidad de estudiantes
Docentes que realizan tareas de coordinación de intercambio de estudiantes en el marco de un programa de Movilidad………….................……………........................ 10 puntos
B. Movilidad docente en cursos anteriores
Número de estancias docentes realizadas en los 2 últimos cursos:
Ninguna ............................................................................................... 10 puntos
Una……................................................................................................. 5 puntos
Dos………............................................................................................. 3 puntos
Más de dos………………………….………….…..................................1 punto
C. Docencia en inglés en grupos de Alto Rendimiento Académico
Docencia en inglés en grupos ARA.....................................................................15 puntos
D. Conocimientos del idioma en que impartirá la docencia en la institución de destino
Nivel C2 .............................................................................................................. 4 puntos
Nivel C1 .............................................................................................................. 3 puntos
Nivel B2 .............................................................................................................. 2 puntos
Nivel B1 .............................................................................................................. 1 puntos
E. Institución solicitada
Destino nuevo para el docente ............................................................................. 2 puntos
F. Renuncias
Excepto en los casos de fuerza mayor debidamente justificada, se puntuará negativamente la no realización de una visita, previamente aceptada en las tres últimas ediciones………..... -2 puntos por renuncia hasta un máximo de -6 puntos
En caso de no poder atender todas las solicitudes y tener que optar entre docentes que se encuentren en la misma situación según los criterios anteriores, se dará preferencia al profesorado que haya realizado menos movilidades Erasmus.
Se establece un máximo de 2 opciones de movilidad por docente en diferentes destinos. En este caso, se priorizará según el número de orden que aparece en Campus Virtual.
El profesorado que quede en lista de reserva y así lo comunique, podrá optar por realizar la estancia docente sin ayuda económica, siempre y cuando la plaza esté disponible, ya que ERASMUS prevé la existencia de personal docente sin beca, el cual, habrá de cumplir los mismos requisitos que el personal Erasmus con beca y se beneficiará de las mismas ventajas, pero no recibirá ninguna ayuda a la movilidad.
Las solicitudes se formalizarán única y exclusivamente a través del Campus Virtual (Gestión docente --> Movilidad).
La documentación requerida se dirigirá al Vicerrector de Relaciones Internacionales de la Universidad de Alicante, a través de los registros de la UA (Registro general en el edificio de Rectorado y Servicios Generales, o los registros de las secretarías de los centros), o por cualquier otro procedimiento establecido en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo indicado.
Documentación requerida:
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de esta convocatoria.
Plazo de solicitud abierto hasta el 17 de septiembre de 2012.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán admitidas.
Las solicitudes admitidas serán evaluadas por una comisión presidida por el Vicerrector de Relaciones Internacionales, o persona en quien delegue. Corresponderá a la presidencia de la Comisión de Movilidad dirimir con su voto los empates. La responsable de la Unidad de Movilidad de PDI actuará como Secretaria de la Comisión.
Para garantizar la participación del mayor número posible de docentes, se evaluarán todas las peticiones presentadas como primera opción, según los criterios indicados en esta convocatoria. En una segunda fase, se estudiará la concesión de la segunda opción, según los criterios indicados en esta convocatoria.
La resolución de las ayudas será publicada en la página web del Secretariado de Movilidad. Como en otras acciones de movilidad Erasmus, la aceptación definitiva corresponde a la institución de educación superior de destino.
En caso de renuncia a la ayuda, ésta debe realizarse por escrito en Registro. Dicha ayuda se asignará a la siguiente persona solicitante en lista de reserva.
Las actividades de movilidad docente están cofinanciadas por la acción de movilidad de personal docente del programa Erasmus en España a través del Organismo Autónomo de Programas Educativos Europeos, y por la propia Universidad de Alicante.
La ayuda tiene por objeto contribuir a cubrir los gastos de viaje y manutención de una movilidad para impartir docencia en el país de acogida.
La duración máxima financiada será de 5 días lectivos. En el programa a desarrollar se deberá demostrar que se realizarán actividades relacionadas con la movilidad y especificar los días completos de docencia impartidos. En el certificado de estancia se harán constar los días efectivos de la actividad.
Las cuantías individuales de las ayudas están calculadas de acuerdo con las directrices proporcionadas por el Organismo Autónomo de Programas Educativos Europeos. Estas ayudas están destinadas a compensar costes adicionales ocasionados por la movilidad –viaje y aumento de los gastos diarios- y no cubren necesariamente la totalidad de los costes del periodo en el extranjero.
El cálculo de los costes de viaje, alojamiento y manutención, seguros, visado y transportes locales del personal que participe estará basado en los importes reflejados a continuación en función de los días completos de docencia:
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1 día |
2 días |
3 días |
4 días |
5 días |
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Aportación_UE |
120 € |
240 € |
360 € |
480 € |
600 € |
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Aportación máxima UA |
60 € |
120 € |
180 € |
240 € |
300 € |
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Ayuda máxima |
180 € |
360 € |
540 € |
720 € |
900 € |
En ningún caso se podrán superar los importes establecidos en la normativa de gestión económica de la Universidad de Alicante para este tipo de gastos.
8.2 Justificación de los gastos de alojamiento, estancia y viaje:
No se financiarán gastos de cancelación ni otros gastos adicionales al margen de los señalados en los apartados anteriores.
8.3 Abono de las ayudas
La ayuda se abonará en dos pagos:
Una vez concedida la ayuda, la persona beneficiaria se compromete a:
9.1 Firmar un documento formalizado de aceptación de la ayuda, disponible en la Unidad de Movilidad de PDI en los 15 días siguientes a la resolución de adjudicación.
9.2 Tramitar la Comisión de Servicios sin retribución
9.3 Apoyar la movilidad de estudiantes Erasmus reuniéndose con el coordinador de su centro o área de estudios y con los estudiantes de la UA que estén en la institución de destino, y asesorar a los futuros estudiantes Erasmus de la Universidad de Alicante. Será necesario entregar una memoria de movilidad según el modelo disponible.
9.4 Al menos un mes antes de la salida, deberá presentar la documentación requerida por la Unidad de Movilidad de PDI de la Universidad de Alicante y por el Organismo Autónomo de Programas Educativos Europeos, entre otros:
9.5 Al término de la estancia, el docente deberá entregar la documentación requerida por la Unidad de Movilidad de PDI de la Universidad de Alicante y por el Organismo Autónomo de Programas Educativos Europeos para justificar la duración y gastos de su estancia antes de transcurrido un mes de la realización de la misma:
9.6 Si la persona solicitante no pudiera efectuar la visita docente acordada o hay variación en las fechas previstas, deberá comunicarlo inmediatamente por escrito a la Unidad de Movilidad de PDI y reintegrar, en su caso, las cantidades indebidamente percibidas.
9.7 El incumplimiento de las bases de la convocatoria, así como la ocultación de datos, su alteración o manipulación podrán ser causa de desestimación o anulación de la ayuda y, en su caso, de reintegro de las cantidades indebidamente percibidas.
9.8 La persona beneficiaria es responsable de la tramitación y abono, en su caso, de los seguros de enfermedad, accidentes y contingencias comunes o cualquier otro que se exija con carácter obligatorio por la institución receptora.
La gestión global de las actividades de movilidad docente estará centralizada en la Unidad de Movilidad de PDI.
Las bases de esta convocatoria serán publicadas en la página web del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y en la página web del Secretariado de Movilidad.
Contra la presente convocatoria, sus bases, así como contra los actos que se dicten en ejecución de la misma, cabe interponer recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Alicante, en el plazo de un mes contado desde el siguiente al de su publicación.
Alicante, 17 de julio de 2012
El Vicerrector de Relaciones Internacionales
Fdo: Juan Llopis Taverner

